El socio industrial se caracteriza porque solo aporta trabajo, no monetario, aunque también puede representar una estimación de valor. Por su condición, no responde a deudas sociales. Con esta figura, el socio industrial puede participar en las utilidades sociales, de conformidad al Socio capitalista que menor dinero haya aportado o según lo estipulado en el contrato social. Puede ejercer como Administrador la sociedad, y en caso de retiro o de liquidación, puede participar en la distribución de las utilidades, reservas y valorizaciones patrimoniales, producidas durante el tiempo en que estuvo trabajando allí.