Al emprender un negocio, no solo debes elegir el giro que tomará tu empresa, sino que también es necesario que te des de alta en el SAT de acuerdo al régimen fiscal al que corresponde la actividad laboral que realizas y el tamaño de tu compañía.
Ten en cuenta que esto implica que definas si como contribuyente realizarás tus actividades económicas como persona física o moral; esta definición determinará tus requisitos, obligaciones y trato fiscal.
Al cumplir con las obligaciones fiscales que marca la ley, evitarás diversos problemas a futuro como el enfrentarte a multas o al cierre de tu empresa y te encaminará a llevar la contabilidad de tu organización de manera correcta.
¿Quieres aprender más al respecto? ¡Continúa leyendo este artículo!
¿Qué es régimen fiscal?
Cuando empiezas a desarrollar una actividad económica es necesario registrarse en alguna categoría existente en el régimen fiscal para cumplir así con las obligaciones del fisco, pero, ¿de qué se trata exactamente?
Un régimen fiscal es el conjunto de leyes y normas que rigen la situación tributaria de personas físicas y personas morales al momento de registrarse en el SAT (Servicio de Administración Tributaria).
Por lo tanto, esta institución establece cuáles son los derechos y obligaciones a cumplir según la actividad económica de la empresa.
Como mencionamos anteriormente, suelen presentarse diversas opciones de regímenes fiscales. Conoce cuáles son en la siguiente sección de este texto.
¿Cómo puedo saber cuál es mi régimen fiscal?
En México, existen 2 tipos de personas fiscales, según el Código Fiscal de la Federación (CFF): las Personas físicas y las Personas morales.
Entonces, para elegir correctamente el régimen fiscal que te corresponde dependerá tanto del tipo de persona que seas como de tu actividad económica, además del tamaño de tu empresa.
Para explicarte mejor y que puedas elegir necesitas saber cuáles son los regímenes fiscales:
¿Cuáles son los regímenes fiscales? (Personas físicas)
Primero, es importante que conozcas que una persona física es cualquier ser humano con posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones. Y las características que la definen son las siguientes:
- Se registra ante la institución pertinente con su nombre
- Posee un cuerpo material que se pueden percibir y tocar
- Puede tener un estado civil de soltería o matrimonio
- Contrae obligaciones después de alcanzar la mayoría de edad
- Puede tener más de una nacionalidad.
Ahora bien, estos son los regímenes fiscales para personas físicas:
Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
En este régimen fiscal se encuentran los contribuyentes que realicen actividades empresariales, vendan bienes o presten servicios en donde no se requiera un título profesional y que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos ($2,000,000 MXN).
Algunas de las actividades empresariales en donde laboran estas personas físicas son en: salones de belleza, talleres mecánicos, tintorerías, fruterías, papelerías, carnicerías, entre otras.
Cabe aclarar que desde el 2022, los beneficios fiscales del RIF desaparecieron. En su lugar, el SAT creó el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que veremos más adelante.
Actividades empresariales
Este régimen fiscal es para aquellas personas que realizan actividades comerciales (talleres mecánicos, colegios), industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca, silvícolas y de autotransporte.
Una de las principales diferencias con el RIF es que este régimen no establece un límite de ingresos.
Arrendamientos de inmuebles
Si obtienes ingresos por rentar o subarrendar bienes inmuebles, debes cumplir con tus obligaciones fiscales en este régimen.
Ya sea que lo hagas con departamentos o casas habitacionales, terrenos, locales comerciales, bodegas o edificios.
Servicios profesionales
El régimen fiscal de servicios profesionales es para esas personas físicas que tienen ingresos como freelancers o por honorarios, es decir, profesionales que prestan servicios de manera independiente a dependencias de gobierno, empresas o a personas físicas en general.
Si eres ingeniero o arquitecto por obras, contador, médico o profesor, entre otros, deberás cotizar bajo este régimen fiscal.
Asalariados
Para personas que reciban salarios y prestaciones de un patrón.
Es importante recalcar que se deberá presentar una declaración anual si se tienen ingresos superiores a $400,000 MXN en el ejercicio fiscal, se ha contado con más de un empleador en el año o si el salario proviene del extranjero.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Este régimen fiscal es ideal para personas físicas que perciban menos de 3 millones y medio de ingresos anuales y que anteriormente tributaran en cualquiera de estos regímenes fiscales:
- Actividades empresariales y servicios profesionales
- Arrendamiento de inmuebles
- Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas
El RESICO solo puede convivir con dos regímenes: régimen de sueldos y salarios e intereses. Es importante destacar que no puedes tributar aquí si te encuentras dentro del régimen de plataformas digitales o en el de asimilados a salarios.
¿Cuáles son los regímenes fiscales para Personas morales?
Una persona moral se define como la unión de varias personas físicas que tienen un fin específico o una razón social, que puede ser formada mediante una sociedad o una empresa.
Entre sus características más destacadas, están:
- Su razón social hace referencia a la actividad que desarrolla o a un nombre elegido por los creadores
- No posee un cuerpo material, no se puede palpar
- Su capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones comienza desde su creación
- No tiene un estado civil
- Se considera mexicana toda persona moral que fue creada conforme a la ley del país y que tiene su domicilio en el territorio nacional
- Está obligada a presentar su contabilidad electrónica ante el SAT
Si eres una persona moral, toma en cuenta que entre los regímenes a considerar, están:
Régimen fiscal general
Cualquier persona moral constituida en el país que realice actividades lucrativas tributa bajo este régimen fiscal.
Están incluidas empresas de asociaciones civiles, sociedades mercantiles, arrendadoras financieras, sociedades cooperativas de producción, instituciones de crédito, instituciones de seguros y fianzas, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, entre otras compañías.
Sin fines de lucro
Personas morales que inviertan en México y cuya razón social no está en la búsqueda de ganancias económicas con las actividades que realizan, debe constituirse bajo este régimen fiscal.
Aquí se incluyen las instituciones de asistencia o de beneficencia, asociaciones religiosas, centros de donación autorizados, asociaciones o sociedades civiles de enseñanza, sindicatos obreros, asociaciones de padres de familia, sociedades y asociaciones civiles dedicadas a la investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, colegios profesionales y cámaras de comercio e industria.
Acumulación de ingresos
El régimen de acumulación de ingresos va dirigido a personas morales (de micro, pequeñas y medianas empresas) que tengan ingresos máximos de 5 millones de pesos ($5,000,000 MXN) anuales.
Las personas morales pueden optar por pagar el ISR mediante flujo de efectivo solo si están constituidas únicamente por personas físicas.
Conclusiones
¡Listo! Ten en cuenta que para ser un emprendedor exitoso no solo es necesario tener la capacidad de liderazgo, sino que además se debe conocer los detalles sobre el giro donde planeas desarrollarte y tener la estimación de los ingresos que planeas recibir.
Esto con el fin de ayudarte a ubicar en el régimen fiscal que te corresponda para así evitar tener algún problema con el Estado en el futuro.
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