¿Cómo calcular la indemnización por despido?

Por: Yenisey Valles

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Recortar la plantilla laboral es una medida frecuente para las empresas, cuando se trata de reducir costos en medio de una crisis. Sin embargo, este proceso implica una obligación económica importante: el pago de la indemnización por despido.

A causa de la contingencia sanitaria por COVID-19 y la crisis económica, más de 1 millón 400 mil empleos formales se perdieron en México durante el 2020. Aunque para el 2022, el empleo se ha ido recuperando, la tasa de desocupación laboral es del 3.66 por ciento.

Para que los empleadores eviten el riesgo de juicios laborales, es oportuno retomar los términos de la ley para realizar los despidos, con indemnización y finiquito, además de utilizar software contable para llevar en orden los datos de tus empleados.

Indemnización por despido

Si bien la suspensión de labores y la crisis están obligando a los centros de trabajo a recortar personal, no son justificantes para el despido de ningún trabajador.

En efecto, cuando una rescisión de contrato se debe a motivos ajenos al desempeño del colaborador, la ley federal del trabajo establece que se trata de un despido injustificado y marca el pago obligatorio de una indemnización por despido (artículo 50).

Entonces, ¿en qué casos se puede omitir la indemnización? La ley marca 15 casos para un despido justificado (artículo 47 de la LFT), entre los que podemos mencionar:

  • Engaños por parte del trabajador
  • Actos de violencia cometidos en horario laboral
  • Daños y perjuicios materiales al equipo o instalaciones
  • Más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días

Composición de la liquidación por despido injustificado

En el caso de un despido injustificado, el empleador debe pagar una liquidación al trabajador, compuesta por tres obligaciones económicas: el finiquito, la prima de antigüedad correspondiente y una indemnización por despido.

1. El finiquito

En primer lugar, cabe resaltar que el finiquito es uno de los componentes de la liquidación y no constituye un término legal, como indica IDC Online.

En la práctica, se trata de un concepto que engloba el pago de los derechos adquiridos por el trabajador al momento de su despido, como:

  • Salarios adeudados
  • Prestaciones legales, como: Aguinaldo (equivalente a 15 días de trabajo), prima vacacional (25% del salario dado multiplicado por los días de vacaciones que corresponden por antigüedad). Por ley, el período de vacaciones obligatorio es de 6 días tras el primer año, número que aumenta en dos días laborales por cada año de servicios, hasta llegar a 12.
  • Proporcional del reparto de utilidades

Además, cabe resaltar que el finiquito es un derecho del trabajador al concluir la relación laboral, sin importar que la decisión haya sido de la empresa o por una renuncia.

2. Prima de antigüedad

En segunda instancia, la liquidación se compone de la prima de antigüedad, equivalente a 12 días del salario mínimo vigente por año trabajado.

3. La indemnización

Cuando el trabajador es despedido, cuenta con dos opciones: reclamar su indemnización de tres meses de salario, o bien, exigir la reinstalación a su puesto de trabajo.

Si el patrón es condenado y no reincorpora al colaborador, se le obliga a cubrir una indemnización de 90 días de salario constitucionales, más 20 días de salario por año de servicios prestados.

Tipos de indemnización

Tipo de contratoIndemnizaciónObservaciones
Contrato temporal, menor de un año  Cantidad equivalente al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados. 

Contrato temporal, superior a un año

Cantidad igual al importe de los salarios de 6 meses por el primer año más 20 días por cada uno de los años siguientes. 

Contrato por tiempo indeterminado

Tres meses de salario y pago de los salarios vencidos e intereses.Su objetivo es que el trabajador y su familia puedan subsistir por tres meses, en lo que se reubica en otro empleo.
20 días de salario por cada uno de los años de servicios prestados.Su finalidad es sancionar a la empresa. Solo es obligatoria para el patrón, en caso de que el trabajador haya iniciado juicio para exigir su reinstalación.

Fuente: artículo 50 LFT.

¿Cómo se calcula la indemnización de un despido?

Cuando sea procedente la liquidación con indemnización por despido, se debe recurrir a la asesoría de un experto en el tema. En términos generales, esta información pretende proporcionar una orientación básica.

En este ejemplo, el salario se realizará para un colaborador con sueldo mensual de 6 mil pesos y 2 años de antigüedad laboral.

1. Calcular el Salario Mensual Integrado (SMI):

a) Dividir el salario mensual entre 30 días. Ejemplo:
  • $6,000 pesos / 30 = 200 pesos de salario por día
b) Añadir la prima vacacional:
  • 200 x 8 días de vacaciones= 1,600

Obtener el 25%:

  • 1,600 x 0.25% = 400

Dividir entre 365 días, lo cual da una prima vacacional diaria de 0.95 pesos

c) Calcular el aguinaldo:

Tomar el salario diario y multiplicarlo por 15 días:

  • 200 x 15 = $ 3,000

Dividir entre 365 para obtener su equivalente diario, que resulta en 8.21 pesos diarios de aguinaldo.

d) Sumar salario diario más prima vacacional diaria y aguinaldo
  • 200 + 0.95 + 8.21 = 209.16 pesos (Salario Diario Integrado, SDI).

e) Para obtener el Salario Mensual Integrado, multiplicar el SDI por 30:

  • 209.16 x 30 = $ 6,274.8

2. Estimar la indemnización

Para calcular los 3 meses de salario de indemnización por despido, solo hay que multiplicar el SMI por tres:

  • $ 6,274.8 x 3 = $18,824.4

De ser necesario, para estimar la indemnización de 20 días de salario por los dos años trabajados, simplemente se multiplica el SDI:

  • 209.16 x 40 días = $8,366.4

3. Obtener la prima de antigüedad

Si el salario diario del trabajador excede el doble del salario mínimo vigente, se considerará este último, como explica OCC. Debido a que en este caso no es así, se tomará el SDI para multiplicarlo por 24 días (12 días por cada año trabajado):

  • 209.16 x 24 = $ 5,019.84

4. Determinar la liquidación

Finalmente, solo hay que sumar los tres conceptos:

Concepto

Monto

3 meses de salario$ 18,824.4
20 días de salario por año8,366.4
Prima de antigüedad5,019.8
Total32,210.6

De esta manera, un trabajador con sueldo de 6 mil pesos y antigüedad laboral de 2 años, debería percibir 32 mil 210 pesos por concepto de liquidación, incluyendo su indemnización por despido. Vale la pena recordar que, sobre esta cantidad, el colaborador deberá pagar ISR.

Despido injustificado, una amenaza latente

Aun con sus duras implicaciones económicas, ninguna crisis como la emergencia sanitaria es excusa para realizar despidos injustificados.

Por ello, los trabajadores disponen de diversos medios para interponer denuncias, como el portal de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde ambas partes son citadas para llegar a un acuerdo. De no ser así, se inicia procedimiento en la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Indemnización por despido COVID-19

De acuerdo con la disposición que establecía la suspensión de labores producto de
la declaratoria de emergencia sanitaria derivada del COVID-19, ¿Cómo debía interpretarse para el pago del salario de los trabajadores?

indemnizacion-por-despido-covid-19
La Ley Federal del Trabajo estableció que para el caso de suspensión temporal por fuerza mayor debe ser la autoridad quien determine el monto de indemnización sobre la base del salario del trabajador hasta por un mes. (art. 429 y 430 de la LFT).

Independientemente de la rama de la industria o la actividad económica a que se dedique cada empresa o negocio, existe un acuerdo mutuo para proteger a todo trabajador y a su fuente de trabajo.
Si llegas a tener problemas por algún despido injustificado relacionado con el tema de COVID-19 la PROFEDET puede ayudarte a llegar a algún convenio que concilie los intereses de ambas partes.

En este escenario, y mientras el país continúa trabajando por su reactivación económica, los empleadores deben apegarse a la ley y pagar de manera justa la indemnización por despido.

¡Eso es todo por ahora! Esperamos que este contenido te haya sido útil y te invitamos a suscribirte para que podamos seguir entregándote información de valor.

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