Algunos directores o socios suelen deslindarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales de su empresa, olvidando la responsabilidad solidaria con la que cuentan ante el gobierno.
Ciertamente, la responsabilidad solidaria en materia fiscal es una de las actualizaciones clave del gobierno actual para combatir el fraude y aumentar su recaudación. De hecho, gracias a esta figura y otras actualizaciones, las autoridades mexicanas recaudaron un monto récord por fiscalización durante el 2019: por cada peso invertido, se obtuvieron 80 pesos.
El objetivo principal de la responsabilidad solidaria es combatir a los factureros, al evitar que cierren sin responsabilidad para los liquidadores. Sin embargo, no aplica únicamente para las empresas que emiten facturas falsas o por operaciones inexistentes.
La legislación mexicana establece 18 sujetos que -por su relación jurídica con el contribuyente- son obligados a responder solidariamente. Y tú, ¿ya conoces los supuestos de la responsabilidad solidaria? ¡Sigue leyendo!
¿Qué dice la ley sobre la responsabilidad solidaria?
En todas las empresas, hay una persona que es la obligada principal -más no la única- a contribuir con los gastos públicos. En caso de un adeudo fiscal, las autoridades también pueden exigir el pago a los responsables solidarios.
En efecto, el Código Fiscal de la Federación (CFF) reconoce dos tipos de responsabilidades fiscales:
- Responsabilidad directa del contribuyente.
- Responsabilidad solidaria por un tercero, ya sea por causa legal o decisión voluntaria.
Cuando el contribuyente no cumple sus obligaciones fiscales por estado de insolvencia o por prácticas de evasión, y tenga un crédito fiscal firme que haya sido impugnado sin éxito, el responsable solidario está obligado a cumplir.
En estos casos, la responsabilidad solidaria aplica por la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada por la persona moral, como se explica en este artículo de El Economista.
Así, el Estado mexicano busca subsanar las afectaciones cuando no puede recuperar los adeudos. Como la define el SAT, la responsabilidad solidaria es “la aceptación ineludible para responder, por cuenta y orden del sujeto directo o inmediato de la obligación”.
¿Cómo saber si soy responsable solidario?
En términos generales, estos son los responsables solidarios con los contribuyentes (para mayor detalle se pueden consultar en el artículo 26 del CFF):
- Las personas obligadas a recaudar las contribuciones a cargo de los contribuyentes.
- Los obligados a efectuar pagos provisionales por cuenta del contribuyente.
- Los liquidadores y síndicos por las contribuciones que debieron pagar a cargo de la sociedad en liquidación o quiebra, así como de aquellas que se causaron durante su gestión.
- La persona que tenga conferida la dirección general, la gerencia general, o la administración única de las personas morales.
- Los adquirentes de negociaciones, respecto de las contribuciones que se hubieran causado en relación con las actividades realizadas en la negociación.
- Los representantes de personas no residentes en el país.
- Quienes ejerzan la patria potestad o la tutela, por las contribuciones a cargo de su representado.
- Los legatarios y los donatarios a título particular respecto de las obligaciones fiscales.
- Quienes manifiesten su voluntad de asumir responsabilidad solidaria.
- Los socios o accionistas.
Responsabilidad solidaria, ¿de qué?
Ahora bien, la figura del responsable solidario surge cuando el obligado directo incurre en algunas prácticas que no siempre están relacionadas con la evasión o elusión fiscal. Hasta el año pasado, los cuatro supuestos eran únicamente cuando el contribuyente:
- No solicite su inscripción en el registro federal de contribuyentes (RFC).
- Cambie su domicilio sin presentar el aviso correspondiente en los términos del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF).
- No lleve contabilidad, la oculte o la destruya.
- Desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio.
Con los cambios establecidos en la Miscelánea Fiscal 2020, ahora la responsabilidad solidaria se amplió a cuando la empresa:
- No sea localizable en el domicilio fiscal registrado.
- Omita enterar a las autoridades fiscales las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado.
- Aplique pérdidas fiscales generadas en otro grupo empresarial.
- Deduzca operaciones simuladas.
- Emita facturas falsas por más de 7.8 millones de pesos.
- Haya transmitido o disminuido pérdidas fiscales indebidamente.
Ejemplo de responsabilidad solidaria
Como se sabe, en México las personas morales se constituyen bajo diferentes tipos de sociedades mercantiles. Cuando una sociedad no cuenta con bienes suficientes para pagar un crédito fiscal, los accionistas y directivos deben pagar de manera solidaria.
Ahora bien, el pago al que están obligados dependerá de su participación accionaria. Por ejemplo, si un accionista aportó 90 mil pesos al capital social de una empresa que asciende a 100 mil pesos, su participación es del 90 por ciento.
Y si la empresa adeuda 2 millones de pesos, ese accionista será responsable solidario por el pago de 1 millón 800 millones de pesos, es decir, el 90 por ciento.
¿Cómo no temerle a la responsabilidad solidaria?
Más que acusatorio para los contribuyentes, el espíritu de la responsabilidad solidaria es preventivo. Como ha explicado la autoridad, el objetivo es que los socios y directivos participen activamente en garantizar el cumplimiento tributario de su empresa e imponer controles internos.
Desde la Dirección, las compañías deben asumir la responsabilidad por llevar una contabilidad ordenada y en apego a las leyes, especialmente en estos años de mayor fiscalización. Algunas medidas concretas que pueden ser útiles son:
- Cumplir con la emisión de factura electrónica y otras tareas fiscales mediante un sistema contable seguro y completo, como Bind ERP.
- Implementar controles internos para detectar proveedores sospechosos, una labor que se facilita con el catálogo de proveedores que manejan algunos sistemas como Bind ERP.
- Verificar que los domicilios fiscales de la empresa estén actualizados y haya personas capacitadas para atender una visita de la autoridad.
- Guardar los registros contables durante el tiempo que marca la ley, para utilizarlos en caso de una aclaración.
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