Con el fin de evadir el pago de impuestos y obtener ganancias ilícitas, las operaciones simuladas han formado parte del esquema fiscal de los contribuyentes durante años.
Un caso típico de operaciones simuladas es el de las empresas que facturan sin contar con los recursos para desarrollar la actividad descrita en el comprobante. Pero también está el otro lado de la moneda: el de los contribuyentes que utilizan estos CFDI para deducir impuestos.
Tras el endurecimiento de la Miscelánea fiscal en la detección de este delito, y las responsabilidades penales que acarrea, es importante que todas las empresas eviten operaciones simuladas.
En realidad, no hay nada de qué preocuparse. Evitarlas es cuestión de implementar los controles necesarios y ¡listo! Todo deberá estar en regla con el SAT. Si te interesa saber cómo, ¡sigue leyendo!
¿Qué son las operaciones simuladas o inexistentes?
Supongamos que una pyme intenta deducir gastos de alquiler. El problema surge cuando el SAT detecta que la supuesta compañía inmobiliaria en realidad no tiene empleados ni equipo en su domicilio fiscal. De hecho, en lugar de oficinas hay un lote baldío, este es un claro síntoma de que está en marcha una serie de operaciones simuladas.
Tal como lo establece el Código Fiscal de la Federación, en su numeral 69-B, la autoridad fiscal presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en un comprobante fiscal, cuando el emisor incurra en cuatro supuestos:
- No cuenta con activos
- Carece del personal necesario
- No posee infraestructura para producir o comercializar
- No se encuentra localizado en su domicilio fiscal
EFOS y EDOS: actores de peligro
Ahora bien, como ya decíamos líneas arriba, las operaciones simuladas involucran a dos actores: a los factureros que emitieron las facturas falsas y a quienes las hayan utilizado como deducción.
Estamos hablando de los dos grandes esquemas de evasión fiscal: las Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas (EFOS) y las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS).
Tres características básicas con las que podemos detectarlos son:
EFOS | EDOS |
Son empresas de reciente creación, con domicilios donde no se observa actividad económica. | Son empresas claramente establecidas, con instalaciones, empleados y otros recursos fácilmente constatables. |
No declaran, o bien, presentan un margen de utilidad insignificante. | Se encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales, pero deducen cantidades injustificadas de intangibles. |
Retiran de inmediato los depósitos recibidos de sus clientes. | Reciben en cuentas no engranadas en la contabilidad, o bien, en cuentas a nombre de terceros relacionados, como socios, representantes legales y empleados. |
¿Cuáles son los riesgos de las operaciones inexistentes?
En la actual Miscelánea Fiscal se incorporó la «regla general anti-abuso», que faculta al SAT para decidir si las operaciones de un contribuyente son inexistentes, por el simple hecho de descreer de su razón de negocios o sospechar de su existencia.
El riesgo en la discrecionalidad del SAT es grande, si se considera que en la actualidad muchas operaciones se realizan de manera completamente virtual, como destaca Ruiz Consultores.
Como seguramente ya estás pensando, es difícil que una empresa bien establecida sea sospechosa de operaciones simuladas por emitir CFDI falsos. Sin embargo, hay más probabilidades de que caiga en sospecha por haber deducido un comprobante emitido por un facturero.
Para comprender las consecuencias de las facturas inexistentes, vamos a revisar lo que contempla la ley tanto para emisores (EFOS) como para receptores (EDOS).
1. Los riesgos de emitir facturas falsas
Cuando la autoridad detecta que un emisor de CFDI se encuentra en alguno de los cuatro supuestos que ya mencionamos anteriormente, supondrá que existen operaciones simuladas, publicará un listado provisional y notificará al contribuyente.
En tal caso, el emisor dispone de 15 días para acudir a la autoridad fiscal y demostrar la materialidad de sus operaciones. Si no lo consigue, será publicado en el listado definitivo, medida que implica la cancelación de sellos digitales, es decir, la muerte del negocio.
Además, a quienes insistan en simular operaciones se les aplicarán multas del 55 al 75 por ciento de cada contribución omitida, como lo marca el artículo 83 del Código Fiscal de la Federación.
Cabe subrayar que las leyes también sancionan con una pena de tres meses a seis años la adquisición, enajenación o venta de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes.
2. Los riesgos de deducir con facturas falsas
Cuando el SAT haya publicado a un contribuyente en el listado definitivo, todos sus comprobantes fiscales quedarán sin efectos. En pocas palabras, esas facturas dejarán de ser deducibles para el ISR y el IVA no será acreditable.
Por si fuera poco, quienes hayan utilizado estos comprobantes falsos podrán hacerse acreedores a una multa de 14 mil a 84 mil pesos. Estos contribuyentes:
- Dispondrán un plazo de 30 días para acudir a las oficinas del SAT y demostrar la materialidad de sus operaciones.
- Tendrán un segundo momento para defenderse, en caso de que la primera visita no haya funcionado: una auditoría.
- Finalmente, podrán impugnar su crédito fiscal ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
¿Cómo protegerte de las operaciones simuladas?
El cumplimiento fiscal debe ser preventivo y estratégico, es decir, las empresas deben incorporar medidas y estándares para evitar el uso de CFDI falsos.
Para evitar cualquier participación en operaciones simuladas, los asesores contables aconsejan:
- Guardar toda documentación que compruebe la existencia de las operaciones, aparte de las facturas (por ejemplo, contratos, recibos y fotografías). Existen sistemas contables, como Bind ERP, que guardan esta documentación automáticamente y de manera totalmente segura y confidencial.
- Revisar periódicamente los listados provisional y definitivo del SAT.
- Llevar un estricto control de proveedores. Con Bind ERP también se puede crear un catálogo de proveedores, donde se puede consultar en tiempo real el estatus de cada uno.
- ¿Cómo detectar facturas falsas? La respuesta está en la verificación de facturas, mecanismo que se puede realizar factura por factura en la página del SAT. Y de manera masiva, los CFDI se pueden validar mediante un facturador o sistema contable como Bind ERP.
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