Guía Definitiva para una Nómina sin Errores en tu PYME
Como cada año, la inflación ha provocado un ajuste en las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas en México. Para los administradores y contadores de PYMES comercializadoras, esto significa una cosa: es hora de actualizar los sistemas de nómina.
El SAT ha publicado las Tablas ISR 2026, reconociendo el aumento en el costo de vida. Esto se traduce, generalmente, en una ligera disminución en la retención de impuestos para los trabajadores, aumentando su ingreso neto disponible.
Sin embargo, para la empresa, utilizar tablas desactualizadas no solo genera molestia en el personal, sino que puede derivar en cálculos incorrectos, ajustes anuales complejos y potenciales observaciones de la autoridad fiscal.
En esta guía, te presentamos las tarifas oficiales para 2026 y analizamos cómo impactan la gestión de tu nómina.
¿Por qué se actualizan las tablas de ISR?
La Ley del ISR establece que cuando la inflación acumulada en el país supera el 10% desde la última actualización, las tarifas deben ajustarse. Este mecanismo busca evitar que los trabajadores paguen más impuestos solo porque sus salarios aumentaron nominalmente por la inflación, sin que haya un aumento real en su poder adquisitivo.
Para 2026, las tablas reflejan este ajuste inflacionario, recorriendo los límites inferiores y superiores de cada nivel salarial.
Las Nuevas Tarifas de Retención ISR 2026 (Tablas Oficiales)
A continuación, presentamos las tablas aplicables para los distintos periodos de pago más comunes en las comercializadoras.
Nota: Asegúrate de utilizar la tabla correspondiente a la periodicidad de pago de tus colaboradores.
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $ 895.24 | $ 0.00 | 1.92% |
| $895.25 | $ 7,598.45 | $ 17.18 | 6.40% |
| $7,598.46 | $ 13,353.02 | $ 446.19 | 10.88% |
| $13,353.03 | $ 15,522.98 | $ 1,072.28 | 16.00% |
| $15,522.99 | $ 18,583.17 | $ 1,419.48 | 17.92% |
| $18,583.18 | $ 37,483.56 | $ 1,967.86 | 21.36% |
| $37,483.57 | $ 59,079.77 | $ 6,005.00 | 23.52% |
| $59,079.78 | $ 112,815.70 | $ 11,084.42 | 30.00% |
| $112,815.71 | $ 150,420.94 | $ 27,205.20 | 32.00% |
| $150,420.95 | $ 451,262.86 | $ 39,238.87 | 34.00% |
| $451,262.87 | en adelante | $ 141,525.12 | 35.00% |
Tarifa aplicable a pagos Quincenales (2026)
La más común para personal administrativo y de ventas.
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $ 447.62 | $ 0.00 | 1.92% |
| $447.63 | $ 3,799.22 | $ 8.59 | 6.40% |
| $3,799.23 | $ 6,676.51 | $ 223.09 | 10.88% |
| $6,676.52 | $ 7,761.49 | $ 536.14 | 16.00% |
| $7,761.50 | $ 9,291.58 | $ 709.74 | 17.92% |
| $9,291.59 | $ 18,741.78 | $ 983.93 | 21.36% |
| $18,741.79 | $ 29,539.88 | $ 3,002.50 | 23.52% |
| $29,539.89 | $ 56,407.85 | $ 5,542.21 | 30.00% |
| $56,407.86 | $ 75,210.47 | $ 13,602.60 | 32.00% |
| $75,210.48 | $ 225,631.43 | $ 19,619.43 | 34.00% |
| $225,631.44 | en adelante | $ 70,762.56 | 35.00% |
Tarifa aplicable a pagos Semanales (2026)
Común para personal operativo o de almacén en comercializadoras.
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $ 208.88 | $ 0.00 | 1.92% |
| $208.89 | $ 1,772.97 | $ 4.01 | 6.40% |
| $1,772.98 | $ 3,115.70 | $ 104.11 | 10.88% |
| $3,115.71 | $ 3,622.02 | $ 250.20 | 16.00% |
| $3,622.03 | $ 4,336.07 | $ 331.21 | 17.92% |
| $4,336.08 | $ 8,746.16 | $ 459.16 | 21.36% |
| $8,746.17 | $ 13,785.27 | $ 1,401.16 | 23.52% |
| $13,785.28 | $ 26,323.66 | $ 2,586.36 | 30.00% |
| $26,323.67 | $ 35,098.21 | $ 6,347.88 | 32.00% |
| $35,098.22 | $ 105,294.66 | $ 9,155.73 | 34.00% |
| $105,294.67 | en adelante | $ 33,022.52 | 35.00% |
Comparativa: Impacto real en el bolsillo (2025 vs 2026)
La actualización de las tablas provoca que un mismo sueldo bruto caiga en un renglón inferior de la tabla o que se le aplique una tasa menor sobre el excedente.
Veamos un ejemplo práctico de cómo esto beneficia el ingreso neto del trabajador:
| Sueldo Bruto Mensual | ISR a retener 2025 | ISR a retener 2026 | Diferencia (Ahorro) |
|---|---|---|---|
| $10,000.00 | $ 770.90 | $ 707.47 | $ 63.43 |
| $15,000.00 | $ 1,552.41 | $ 1,335.79 | $ 216.62 |
| $25,000.00 | $ 3,684.40 | $ 3,338.48 | $ 345.92 |
| $40,000.00 | $ 7,165.11 | $ 6,596.86 | $ 568.25 |
Nota: Cálculos aproximados para fines ilustrativos. El cálculo final dependerá de las prestaciones y situación particular de cada empleado.
Como puedes observar, el ajuste genera un “aumento” indirecto en el sueldo neto de los colaboradores sin que represente un costo extra para la empresa.
El Subsidio al Empleo en 2026
Es vital recordar que, para los trabajadores con menores ingresos, el cálculo del ISR debe considerar el Subsidio para el Empleo. Este apoyo fiscal puede reducir significativamente el impuesto a pagar e incluso generar un saldo a favor para el empleado.
Para 2026, el tope de ingresos para tener derecho al subsidio se actualiza, alineándose con el valor de la UMA vigente. Es crucial aplicar la tabla de subsidio correspondiente junto con la tabla de ISR para determinar la retención neta correcta.
Errores críticos que debes evitar en el cálculo de nómina
La gestión manual de la nómina, especialmente cuando cambian las tablas fiscales, es un terreno fértil para errores costosos. En las PYMES comercializadoras, hemos detectado tres errores recurrentes:
- Uso de tablas del año anterior en Excel: Parece obvio, pero muchas empresas olvidan actualizar sus hojas de cálculo en enero. Esto deriva en retenciones incorrectas durante meses, forzando un ajuste anual doloroso para el trabajador en diciembre.
- Mezclar periodicidades: Aplicar la tabla mensual a un pago quincenal (o viceversa) distorsiona completamente la progresividad del impuesto, resultando en retenciones excesivas o insuficientes.
- No considerar todas las percepciones: El ISR se calcula sobre el total de ingresos gravables. Olvidar incluir comisiones de venta, bonos de productividad o ciertas prestaciones puede generar diferencias importantes ante el SAT.
¿Cómo afecta el ajuste del 2026 a mi empresa?
Cuando escuchamos “reforma fiscal” o “actualización de tablas”, lo primero que pensamos como dueños de negocio es: “¿Cuánto me va a costar esto?”.
Tenemos una buena noticia para ti: Este ajuste no te cuesta ni un peso extra.
Al actualizarse las tablas de ISR por la inflación acumulada, el SAT recorre los límites de los rangos. En palabras sencillas, esto significa que la autoridad fiscal le “cobrará” un poco menos de impuesto a tus colaboradores.
El impacto real en tu día a día:
- Para tu Nómina (Carlos): Tu gasto de nómina bruta se mantiene igual, pero tus empleados recibirán más dinero neto en su cuenta cada quincena. Es un “aumento de sueldo” técnico que mejora el clima laboral sin afectar tus márgenes de utilidad.
- Para tu Administración (Arturo): Aquí es donde debes tener cuidado. El beneficio es automático solo si tus sistemas están actualizados.
La advertencia clave: Si por inercia o descuido sigues calculando la nómina de enero con las tablas del 2025, estarás reteniendo impuestos de más a tu equipo.
Esto provoca dos problemas graves:
- Discrepancias con el SAT: Tus timbrados no coincidirán con los cálculos vigentes, generando “diferencias” que pueden derivar en invitaciones o revisiones.
- Retrabajo Administrativo: Tendrás que cancelar CFDI de nómina, recalcular y volver a timbrar. Un dolor de cabeza operativo que nadie quiere vivir en plena cuesta de enero.
Tu Flujo de Efectivo: Mantener las tablas al día asegura que no pagues recargos por correcciones futuras. La precisión fiscal es la mejor forma de proteger la liquidez de tu comercializadora.
Automatiza y elimina riesgos en tu PYME
Mantenerse al día con las tablas del ISR, los cambios en el salario mínimo, las UMAs y las cuotas del IMSS es una carga administrativa enorme si se hace manualmente.
El riesgo de error humano en Excel es alto y las consecuencias fiscales son reales.
La forma más segura y eficiente de manejar estos cambios es a través de un sistema de nómina actualizado. Plataformas como BIND ERP actualizan automáticamente las Tablas de ISR 2026, asegurando que cada cálculo de tu nómina sea preciso, cumpla con la ley vigente y te libere de preocupaciones cada quincena.
Deja los cálculos complejos a la tecnología y enfoca tu tiempo en hacer crecer tu comercializadora.
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¿A partir de qué fecha debo usar estas nuevas tablas?
Las nuevas tarifas son aplicables a partir del 1 de enero de 2026. Si realizaste pagos de nómina en los primeros días de enero utilizando las tablas de 2025, será necesario realizar un recálculo y ajustar la diferencia en la siguiente nómina para evitar inconsistencias al final del ejercicio fiscal.
¿El cambio de tablas significa que pagaré más impuestos?
Generalmente, no. La actualización de las tablas se realiza para reconocer la inflación acumulada. Al ampliarse los rangos de los límites inferiores y superiores, es probable que tu retención de ISR sea menor a la del año pasado con el mismo sueldo bruto, lo que resulta en un ligero aumento de tu ingreso neto.
¿Dónde se publicaron oficialmente estas tablas?
Las tablas oficiales se publican en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Es la única fuente oficial que valida estos datos.
¿Estas tablas aplican para el aguinaldo y prima vacacional?
Sí y no. Para el cálculo de retenciones sobre pagos extraordinarios como aguinaldo o primas, existen dos opciones en la ley (Reglamento de la Ley del ISR): aplicar la tarifa mensual regular o utilizar el cálculo del Artículo 174 del Reglamento. La mayoría de los sistemas de nómina optan por la que más beneficie al trabajador en ese momento.
¿El Subsidio para el Empleo también cambió?
Sí. Junto con las tablas de ISR, se actualizan los valores relacionados con la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Es importante verificar si el sueldo del trabajador aún califica para recibir el subsidio según los nuevos topes establecidos para 2026.