El artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) estipula la existencia de ingresos exentos para personas físicas.
Es el beneficio otorgado por la ley, la cual establece que algunos ingresos del Contribuyente queden libres de impuestos o con tarifa en base de cero.
Las exenciones son calculadas por medio de Unidades de Medida de Actualización (UMA) y para determinar la base gravable del impuesto sobre la renta, se restan los ingresos exentos de los ingresos totales.
Algunos ingresos exentos se dan por herencias, donativos, indemnizaciones, primas vacacionales y dominicales, jubilaciones, pensiones y viáticos, entre otros.