El artículo 14 del Código Fiscal de la Federación (CFF) hace alusión a la enajenación de bienes, como la figura de transmisión del dominio de una cosa, por ejemplo, a través de una compraventa, renta, cesión o donación.
Existen dos tipos de enajenación: a título oneroso y a título gratuito. Dependiendo del tipo de enajenación, la operación corresponde a un tributo determinado por la ley.