Normalmente, los pagos provisionales son un tema del que a ningún contribuyente le gusta hablar. Y en momentos de crisis económica, ¡menos! Sin embargo, esta vez puede ser la excepción.

google 1594389826475Así es, porque debido a la emergencia sanitaria, ahora podemos solicitar en línea la disminución de los pagos provisionales y así cuidar nuestra liquidez en el corto plazo. ¿Quieres averiguar cómo? Aquí te lo contamos.

¿Qué son los pagos provisionales?

Como ya sabemos, el ISR se causa anualmente, pero la ley establece la obligación fiscal de todos los contribuyentes de calcular y enterar pagos mensuales a cuenta de ese impuesto.

Entonces, podemos decir que los pagos provisionales son los anticipos mensuales que las personas físicas y morales realizamos al fisco, con el objetivo de disminuir el monto del ISR a pagar en nuestra declaración anual.

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Calcular esta obligación fiscal es crítico para nuestro flujo de efectivo, no solo porque representa un egreso, sino porque podemos planear mejor nuestras compras e inversiones mensuales para evitar sanciones del SAT, como explicó el integrante del Colegio Nacional de Contadores, Miguel Ángel Padrón.

¿Cómo calcular el pago provisional?

En primer lugar, los pagos provisionales deben guardar proporción con el impuesto que resultará del ejercicio.

Como es imposible determinar cuál será nuestra utilidad o pérdida fiscal del ejercicio anual en curso, para calcular estos pagos debemos recurrir a los resultados del año anterior, según seamos persona moral o física.

Persona moral

Para las empresas constituidas como persona moral, calcular el pago provisional es sencillo. De acuerdo con la ley del ISR, artículo 14, debemos:

Persona física

Por haber realizado actividades empresariales o servicios profesionales, las personas físicas también están obligadas a presentar los pagos provisionales de ISR.

No obstante, calcular estos pagos puede ser más complicado que para las empresas, porque se deben tomar en cuenta las deducciones, como veremos a continuación:

Deducciones autorizadas

Cabe recordar que las deducciones autorizadas se refieren a gastos estrictamente indispensables para el giro al que nos dedicamos. En el caso de las personas físicas con actividad empresarial, estas son algunas de las más comunes:

Calendario de pagos provisionales

Es bien sabido que el día 17 de cada mes, vence el plazo para la presentación de la declaración y pagos mensuales de ISR. No obstante, a esta fecha límite se agregan días según el sexto dígito numérico del RFC:

Fuente: Los Impuestos 

La disminución de pagos provisionales

Si bien el país ya inició gradualmente su proceso de reactivación económica, se espera que la crisis continúe a lo largo del 2020.

Por ello, es crítico que los contribuyentes conozcan si necesitan aprovechar la oportunidad de solicitar una autorización para disminuir sus pagos provisionales en el segundo semestre (ley del ISR, artículo 14).

Por ejemplo, con las cifras obtenidas al mes de junio, los contribuyentes ya pueden proyectar sus resultados del año.

Probablemente, la utilidad no será la misma que en el 2019 y los adelantos de ISR pagados hasta ahora serán suficientes para cubrir el impuesto que resultará en este 2020.

En este escenario, es aconsejable solicitar la disminución de pagos provisionales que se realizarán de junio a diciembre, explica Luis Alberto Castro Román, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) en este artículo.

¿Cómo realizar la solicitud en línea?

Como es fácil imaginar, la posibilidad de reducir nuestros pagos no se ofrece en automático, sino que debemos solicitarla. Regularmente, este trámite se presenta físicamente, en las oficinas del SAT.

Actualmente, debido a la suspensión de labores por la contingencia, se puede pedir en línea la autorización para disminuir nuestros pagos provisionales.

La fecha para realizar el trámite es el próximo 17 de julio, en este portal habilitado por el SAT:

Conclusión

Debido a la crisis económica, la mayoría de los negocios necesitan tomar nuevas medidas para conservar su liquidez.

Por ello, es importante poner manos a la obra y aprovechar esta facilidad que nos otorga la ley para el segundo semestre.

¡Es todo! Pero recuerda suscribirte para que recibas información de valor como esta, para tu negocio.

¡Hasta la próxima

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