¿Cómo evitar la cancelación de sellos digitales del SAT?

Por: Yenisey Valles

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Si bien se trata de una medida punitiva cuya aplicación se redujo en el 2019, la cancelación de sellos digitales vuelve con más fuerza para preocupar a los contribuyentes en este 2020.

Como sabes, mucho se ha hablado sobre la posibilidad de que el SAT aumente los casos de cancelación o restricción temporal de los certificados de sello digital de personas físicas y morales. Es un panorama inquietante, pues quedarse sin facturar significa -en términos prácticos- la muerte económica de una entidad.

Sin embargo, la realidad es que la miscelánea fiscal no provocará necesariamente una mayor frecuencia en la cancelación de sellos digitales. De hecho, ahora el contribuyente está más protegido por la ley, debido a la introducción de la garantía de audiencia, como señala la propia Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

Somos conscientes de la importancia de este tema para tu negocio, por lo que sin más preámbulos te platicaremos sobre los nuevos mecanismos y formas para evitar la cancelación de tus certificados de sellos digitales. ¡Quédate con nosotros!

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¿Cuándo te pueden cancelar los sellos digitales?

Este año, las causas de cancelación del certificado de sello digital aumentaron de cuatro a 10. Ahora, el Código Fiscal de la Federación (CFF) autoriza al SAT a aplicar esta medida, cuando el contribuyente:

  1. No sea localizado en su domicilio fiscal.
  2. Haya participado en delitos como contrabando, defraudación fiscal y encubrimiento de algún delito.
  3. No haya presentado tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
  4. Haya desaparecido durante el procedimiento administrativo de ejecución.
  5. Aparezca en la lista negra de empresas fantasma.
  6. Haya declarado información dudosa, en la que el ingreso declarado y el impuesto retenido no concuerden con los señalados en los CFDI o bases de datos en poder del SAT.
  7. Informe sobre un domicilio fiscal que no cumpla con los supuestos del artículo 10 del CFF.
  8. Sea responsable de que los medios de contacto establecidos por el SAT no sean correctos o auténticos.
  9. No haya desvirtuado la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales.
  10. Incurra en delitos como los descritos en los artículos 79, 81 y 83 del CFF.

Asimismo, las instituciones de seguridad social también están facultadas para aplicar esta medida. Las causas del IMSS e Infonavit para cancelar sellos digitales son cuando el contribuyente o patrón:

  1. No sea localizado durante las visitas domiciliarias, que son un ejercicio de comprobación que aplican ambos organismos.
  2. No aparezca durante la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).

¿Cuáles son los procedimientos de cancelación?

Ahora bien, la cancelación de sellos digitales es una medida que ha sufrido cambios en su aplicación.

Hasta el 2018, los causantes afectados recibían un aviso de cancelación cuando de hecho el sello digital ¡ya estaba inhabilitado! En el 2019, ante la presión de la Prodecon, el SAT comenzó a enviar un oficio invitación antes de la cancelación, de acuerdo con El Economista.

Sin embargo, en ese año los contribuyentes padecieron otros problemas, pues en miles de casos la autoridad fiscal ordenó la cancelación por causas no contempladas en el CFF, según explicó el titular de Prodecon, Luis Alberto Placencia.

Por eso, una buena noticia en la miscelánea fiscal del 2020 es la creación de la garantía de audiencia. A partir de ahora, si la autoridad quiere bloquear tu sello digital:

  1. Recibirás un mensaje en tu buzón tributario, informándote que existe una restricción temporal por determinado motivo.
  2. Podrás presentar una aclaración en el portal del SAT, en un plazo máximo de 10 días.
  3. Tu sello digital deberá ser restablecido al día siguiente de haber presentado tu aclaración.
  4. Seguirá un procedimiento de análisis y aclaraciones, que podrá tardar entre 10 y 35 días hábiles. En este tiempo, sin embargo, podrás seguir trabajando con tu factura electrónica.

¿Cómo evitar la cancelación del certificado digital?

Para seguir trabajando con tranquilidad y pagar los impuestos correctos, toma en cuenta estos consejos:

  1. Complementa tu estrategia de negocios con la asesoría de un profesional especializado en el área fiscal, que de ser posible también conozca a fondo tu tipo de actividad económica.
  2. Consulta diariamente tu buzón tributario y asegúrate de mantener actualizados tus medios de contacto.
  3. Realiza una gestión de proveedores más estricta, para que te asegures de que no emiten facturas falsas.
  4. Utiliza un software contable que:
  5. Elimine los márgenes de error en el registro de tu información contable, para que los datos en poder del SAT siempre concuerden.
  6. Que te permita descargar tus facturas y otra información directamente desde el SAT. De esta manera, tendrás un mayor control.
  7. Esté integrado con todas las áreas de tu negocio, como Cobranza, Ventas, Inventarios, Nóminas y Finanzas.
  8. Que te genere reportes en tiempo real, en cuestión de segundos.
  9. Opere en la nube, pero sea seguro y te permita un control absoluto de tu información.
  10. Que te ofrezca asesoría y soporte en caso de dudas.

Un sistema de administración como Bind ERP te permite cumplir con todas estas condiciones, además de contar con un facturador electrónico gratuito. Además, está diseñado para todo tipo de entidades: desde personas físicas con actividad empresarial, hasta negocios con operaciones más grandes.

Como ves, no hay excusas para empezar a llevar un control estricto de la contabilidad. Si deseas seguir informándote sobre el tema, te recomendamos que te suscribas a nuestro blog y que visites la página de Prodecon, donde podrás consultar sus recursos de asesoría.

¡Hasta la próxima!

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